El aval, la vía para acceder a una hipoteca de más del 80%

Cuando el préstamo hipotecario excede más del 80% del valor de la vivienda, sólo existe una forma de conseguir que el banco lo conceda, y es el aval mediante una tercera persona.

Normalmente, el máximo es el 80%. Para los bancos, saltarse ese límite supone aumentar el riesgo de que haya impagos, así que no suelen hacerlo. El problema es que muchas personas, sobre todo jóvenes, no tienen suficiente dinero ahorrado para pagar ese 20% restante más lo que cuesten los impuestos y otros gastos asociados a la compra.

En estos casos, existe una manera de conseguir una hipoteca que financie más del 80% de la compra: que otra persona avale la operación (los padres por ejemplo). Pero antes de recurrir a esta solución, es aconsejable conocer el funcionamiento de un aval, cuáles son sus riesgos y cómo se pueden limitar.

EL AVAL, UNA GARANTÍA ADICIONAL

El que avala una hipoteca (el avalista) responde de la deuda si el titular del préstamo no cumple sus obligaciones. Eso da más seguridad al banco, que contará con una vía adicional para recuperar el dinero prestado en caso de que haya impagos. Y por este motivo, aportar un aval aumenta las probabilidades de conseguir un préstamo hipotecario que financie más del habitual 80%.

Pero, ¿qué significa responder de una deuda? Si el titular de la hipoteca no paga las cuotas, sus bienes y los del avalista pueden ser embargados para saldar la deuda que haya pendiente. Lo que hacen los bancos en estos casos es embargar, primero, la vivienda del hipotecado. Si su subasta no es suficiente para saldar la deuda pendiente, embargan los bienes presentes y futuros del titular y del avalista hasta liquidarla: las propiedades, el dinero depositado en cuentas bancarias, una parte del sueldo…

El avalista, por lo tanto, corre el riesgo de perder su patrimonio si el hipotecado no paga. Si una persona necesita financiar más del 80% de la compra de una vivienda y se plantea aportar un aval para que le aprueben la operación, lo mejor es hacer números para asegurarse de poder abonar las cuotas sin problemas.

NO ES LO MISMO QUE AVALAR CON UNA CASA

También es habitual que los padres del solicitante «avalen» la hipoteca con su vivienda para que este pueda conseguir una financiación de más del 80%. Los que aportan una propiedad como garantía adicional de un préstamo no son realmente avalistas, sino hipotecantes no deudores.

El funcionamiento es algo distinto que el de un aval. En este caso, lo que se hace es garantizar el porcentaje que supere el 80% con la propiedad de otra persona. Si no se pagan las cuotas de la hipoteca, el banco solo podrá embargar la propiedad del hipotecante no deudor (no su otro patrimonio) para recuperar ese dinero, además de la vivienda del titular y de sus bienes presentes y futuros para saldar el resto de la deuda.

ES ACONSEJABLE LIMITAR EL AVAL

En ambos casos, es recomendable pactar con el banco para limitar el aval. Es decir, para que desaparezca automáticamente cuando el cliente haya devuelto el importe que supere el 80% del valor de su vivienda. Por ejemplo, si se contratara una hipoteca de 100.000 euros para comprar una vivienda de 100.000 euros, el aval se eliminaría tras devolver 20.000 euros (y pagar los intereses correspondientes).

Algunos bancos, de hecho, ya incluyen esta limitación por defecto. Con la Hipoteca Joven de Banco Santander, que financia hasta el 95% de la compra si los padres avalan al titular, el aval se extingue cuando pasan cinco años desde la firma de la escritura. Y con la Hipoteca VIVE Joven de Hipotecas.com, que financia hasta el 100% de la compra si los padres avalan con su vivienda, esa propiedad queda liberada cuando el capital pendiente representa el 80% del valor del inmueble comprado.

 

Fuente: www.elmundo.es

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