Las reclamaciones por cláusula suelo suelen ser complicadas debido a los costes y las confusiones que generan. Sin embargo, cada vez más sentencias judiciales permiten que sea más fácil.
La justicia europea dictaminó este martes que los clientes de hipotecas pueden reclamar las cláusulas abusivas y exigir reclamación, aun cuando estas hayan sido ejecutadas y el inmueble esté vendido.
La decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se produce a petición de la Audiencia Provincial de Zaragoza sobre el caso de un consumidor que firmó una hipoteca con Ibercaja ejecutada en 2015 y en el que se vendió el inmueble.
Tras ello, el banco solicitó la liquidación de los intereses de la hipoteca, pero el consumidor se negó, bajo alegación de que las cláusulas del contrato eran abusivas. Sin embargo, la justicia española lo rechazó y ordenó liquidar los intereses, porque el consumidor no se había negado a la ejecución de la hipoteca.
Pero el cliente recurrió y la Audiencia preguntó a la justicia europea. La corte española indicó que durante el procedimiento de ejecución de la hipoteca, el juez ya analizó si las cláusulas eran abusivas, aunque no lo explicitó; y según la legislación española se impide volver a examinar si una cláusula es abusiva. Así pues, preguntó a la justicia europea si esta ley es conforme al derecho europeo.
Luxemburgo dictamina que esta normativa no es compatible, y que “no debería ser un obstáculo” para proteger los derechos de los consumidores. Considera que el consumidor sí tiene derecho a invocar las cláusulas abusivas en un proceso judicial distinto.
Fuente: www.lavanguardia.com