Los seguros que puedes desgravarte como autónomo

El próximo 6 de abril comienza la campaña de la renta 2021. Durante este periodo surgen dudas, y  sobre todo los autónomos buscan los medios de salir bien parados de él.

Son varias las referencias que conviene incluir a la hora de rendir cuentas con la Agencia Tributaria. Si eres autónomo y tienes algún tipo de seguro, te recordamos que puedes desgravarlo.

En líneas generales, Alejandro Albouy, socio fundador de Save Autonomos by AXA, explica que “es posible deducir aquellas primas devengadas o satisfechas por contratos de seguros de bienes, derechos y productos necesarios para el desarrollo de la actividad profesional, así como las de determinados contratos de seguros vinculados al propio autónomo; por ejemplo, las referentes al seguro de enfermedad, responsabilidad civil, del vehículo, multirriesgo del local, etc.”

Seguro de responsabilidad civil

Sea un seguro de responsabilidad civil general o profesional, Hacienda permite desgravar la cantidad íntegra de lo pagado en primas, siempre y cuando las coberturas contratadas estén centradas en proteger al autónomo frente a las eventualidades relacionadas con su actividad económica.

Seguro médico

Aunque no está directamente relacionado con la actividad económica, puede incluirse en la declaración. Se refiere a los seguros de baja laboral, por diagnóstico de enfermedades graves, de asistencia sanitaria… y todos los relacionados con la salud.

En este caso sí se establece un límite: 500 euros anuales sobre el total de las primas pagadas por el autónomo y por cada miembro de la familia con cobertura (cónyuge e hijos menores de 25 años); si alguno tuviera una discapacidad reconocida, el tope se amplía a los 1.500 euros por año.

Alejandro Albouy añade, que “la prestación percibida por el seguro de enfermedad tributará como ganancia patrimonial (salvo en caso de invalidez) en el IRPF”.

Seguro de vehículo

Solo se desgravan los gastos inherentes al desarrollo de la actividad: transporte de mercancías; de viajeros; enseñanza de conductores o pilotos; desplazamientos profesionales de representantes o agentes comerciales, y de los vehículos destinados a ser objeto de cesión de uso con habitualidad y onerosidad.

Dos matizaciones: Si se tratara de una moto o un turismo, hay que demostrar que se utiliza en exclusividad para la actividad económica. Si se hiciera cualquier uso personal —aunque sea en un porcentaje ínfimo— Hacienda lo desestima como afectado a la empresa y no permite desgravar ningún gasto vinculado a éste.

Seguros para el empleado

Si tiene empleados podrá deducir también los costes por los seguros de salud, de vida o de automóvil que son necesarios para que desarrollen su labor con todas las garantías.

Seguro de hogar

Hacienda permite una reducción cuando el empresario trabaja en casa, siempre en la proporción que resulte afectada la vivienda por la actividad.

Alejandro Albouy detalla cuáles son los requisitos que exige la Agencia Tributaria:

  • El tomador del seguro ha de ser el propio autónomo o empresario y determinar su rendimiento a efectos de IRPF en la modalidad de estimación directa o simplificada.
  • Los gastos deben estar relacionados con su actividad económica, debidamente justificados, registrados en los libros contables y estar imputados al ejercicio correspondiente.

“Normalmente las operaciones de seguro se habrán de justificar, entre otros, con el recibo emitido por la entidad aseguradora, que no debe adjuntarse con la declaración de la Renta. No obstante, es conveniente conservarlo en caso de comprobación o inspección tributaria”, concreta el experto.

Fuente: cincodias.elpais.com

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